NUESTRA SOCIEDAD Y LAS DROGAS Los problemas relacionados con las drogas inspiran
en nuestros días una respuesta decidida de la comunidad y las instituciones.
La sociedad civil ha ido
asumiendo progresivamente los mensajes que para impulsar esta movilización
se han ido acuñando
("entre todos, mejor", y similares). |
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Si practicáramos un corte transversal que permitiera captar en todo su dinamismo lo que nuestra comunidad está viviendo a este respecto, podríamos dibujar un mapa similar a éste:
LA EMPRESA COMO ESCENARIO DE ACTUACIÓN El mundo del trabajo no podía permanecer ajeno a esta dinámica social porque, al final, son ciudadanos quienes lo conforman, sea en su papel de empresarios, gerentes, mandos intermedios o trabajadores. Ciudadanos que proyectan en el escenario laboral sus preocupaciones, sus compromisos... y también sus consumos de drogas. Porque, en efecto, la realidad de las drogas no queda a las puertas de la empresa sino que las traspasa, impregnando con sus peculiaridades el mundo del trabajo. El escenario laboral se encuentra en una posición privilegiada para organizar en su seno actuaciones encaminadas a reducir los problemas relacionados con las drogas. En él encontramos a una proporción notable de la población adulta (en torno al 85% de la población activa), a lo largo de una tercera parte del día, cinco días a la semana, once meses de cada año, durante el dilatado período de su vida profesional. Es, por
lo tanto, un espacio insustituible para acometer actuaciones en materia
de drogodependencias. |
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Por otra parte, resulta
inevitable que el fenómeno "contamine" la realidad laboral.
Es así, por ejemplo, que aparecen conflictos relacionados con la
conducta de fumar o no fumar en el interior de la empresa, apelando a
la conveniencia de arbitrar algún tipo de actuación organizada
que impida que las posturas se enconen y devenga enfrentamiento lo que
podía haberse resuelto de un modo positivo. |
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El uso inadecuado de drogas, bien porque tenga lugar en tiempo laboral, bien porque realizándose al margen del mismo impacta en el mundo de la empresa, transciende la esfera de lo privado para incidir sobre el conjunto de la vida de la empresa. LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES No podemos dar por finalizada esta presentación sin hacernos eco del cambio que supuso la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Ésta,
en su artículo 14.1 "Derecho a la protección frente
a los riesgos laborales" (definidos previamente como posibilidad
de que un trabajador sufra enfermedades, patologías o lesiones
"con motivo u ocasión del trabajo"), establece el derecho
de los trabajadores a una "protección eficaz en materia de
seguridad y salud en el trabajo", y el "correlativo deber del
empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos
laborales". |
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Señala, a continuación, que éste realizará la prevención de tales riesgos "mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias...", "...en materia de evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores...". |